Colegio oficial de trabajadores sociales de Madrid
El ColegioEl Colegio. Otra Normativa

El Colegio Oficial de Trabajadores Sociales de Madrid integra a las Trabajadoras y Trabajadores Sociales que ejerzan la profesión en la Comunidad de Madrid y a quienes, no ejerciendo, deseen voluntariamente incorporarse.

El Colegio Oficial es una Corporación de Derecho Público de carácter representativo de la profesión, amparada por la Ley y reconocida por el Estado, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines.

El Tribunal Constitucional ha manifestado que los Colegios Profesionales son corporaciones públicas por su composición y organización que, sin embargo, también realizan actividades que, en gran parte, son privadas y orientadas primordialmente a la consecución de fines privados propios de los/as colegiados/as.

NORMATIVA QUE LO REGULA

  • Constitución Española de 27 de Diciembre de 1978 (artículo 36).

  • Código Deontológico de la Profesión de Diplomado en Trabajo Social. Aprobado en Asamblea General de Colegios Oficiales de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales en su sesión extraordinaria de 29 de mayo de 1999.

  • Estatutos del Colegio Oficial de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales de Madrid, aprobados en Asamblea General Extraordinaria de 1 de diciembre de 2004 (BOCM de 18 de marzo de 2005).
   
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