Ventanilla única

En cumplimiento de la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los servicios en el mercado interior, de lo dispuesto en la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (BOE de 24-11-2009) y de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales, en concreto del artículo 10 añadido por la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, el Colegio Oficial de Trabajo Social de Madrid, presenta esta Ventanilla Única, con dos secciones:

    • Atención a Profesionales colegiados/as
    • Atención a la Ciudadanía y profesionales no colegiados/as