Anteproyecto de Ley de Servicios y Colegios Profesionales

Aprobado en Consejo de Ministros el Viernes 2 de Agosto

Desde el Colegio de Madrid se consideran muy graves las consecuencias que esta ley puede acarrear a la profesión y a la ciudadanía como destinataria de la actuación profesional. La ley debe garantizar el control deontológico de la actuación y la calidad de los servicios profesionales, objetivos fundamentales de los Colegios Profesionales. Es importante que, al igual que se considera la sanidad como un sector que afecta a derechos fundamentales de la ciudadanía, y como consecuencia dicho ámbito profesional es incluido en la colegiación obligatoria, se consideren los derechos sociales como fundamentales y de especial protección quedando los/as trabajadores/as sociales como profesionales de referencia en dicho ámbito dentro de las profesiones de colegiación obligatoria, ya que además, la mayoría de las personas y grupos con los que intervienen, se encuentra en situación de especial vulnerabilidad.

El pasado Viernes 2 de agosto el Ministerio de Economía y Competitividad hizo público en su página web el Anteproyecto de Ley de Colegios Profesionales, aprobado en Consejo de Ministros. Como se venía planteando, el texto confirma que los Colegios Oficiales de Trabajo Social no se hallan entre los que la colegiación será obligatoria. También se ha publicado el plazo de audiencia pública que se extiende hasta el día 16 de septiembre de 2013. El Ministerio debería dar notificación o audiencia directa a los Consejos y Colegios Profesionales en el proceso que se inicia, cuestión que no ha ocurrido hasta el momento.

Desde el Colegio de Madrid se consideran muy graves las consecuencias que esta ley puede acarrear a la profesión y a la ciudadanía como destinataria de la actuación de los profesionales. La ley debe garantizar el control deontológico de la actuación profesional y la calidad de los servicios profesionales, objetivos fundamentales de los Colegios Profesionales. Es importante que, al igual que se considera la sanidad como un sector que afecta a derechos fundamentales de la ciudadanía, y como consecuencia dicho ámbito profesional es incluido en la colegiación obligatoria, se consideren los derechos sociales como fundamentales y de especial protección quedando los trabajadores sociales como profesionales de referencia en dicho ámbito dentro de las profesiones de colegiación obligatoria. La colegiación supone una garantía para el ejercicio profesional de calidad y para su control deontológico, con la finalidad de garantizar la mejor atención a las personas que atendemos,  que en la mayoría de los sectores de intervención de los trabajadores y de las trabajadoras sociales se encuentra en situación de especial vulnerabilidad.

Desde el Colegio Oficial de Trabajo Social de Madrid, en estrecha coordinación con el Consejo General y el conjunto de los Colegios Profesionales de Trabajo Social, se realizarán las acciones necesarias para manifestar nuestra postura y evitar que esta ley suponga que los derechos sociales y los profesionales que trabajan en su garantía, como los trabajadores sociales, entren en una lógica de liberalización y competencia que no permite una garantía real y un desarrollo adecuado de los dichos derechos, quedando con menos elementos de garantía que la salud, la educación o la seguridad.