El COTS Madrid reclama una serie de enmiendas en las bases de las becas de comedor escolar

El pasado 28 de junio, el Colegio Oficial de Trabajo Social de Madrid (COTS Madrid) envió a los medios de comunicación un comunicado a través del cual, dejaba constancia de las modificaciones que son necesarias aplicar en la convocatoria de becas de comedor escolar para el curso 2023/2024 en la Comunidad de Madrid a través de las cuales se pretende sufragar total o parcialmente el coste del servicio de comedor escolar de los niños, niñas y adolescentes que se encuentren en situación socioeconómica desfavorecida y que estén escolarizados en centros sostenidos con fondos públicos que dispongan de este servicio .

Tras nuestro comunicado, la Comunidad de Madrid anunció la ampliación del plazo de presentación de solicitudes de dichas becas. Sin embargo, el texto de las bases no ha variado ni acogido el resto de consideraciones que trasladaba el COTS Madrid.

Con motivo de este reclamo, Verónica Gallego, vocal de la junta de gobierno del COTS Madrid, ha atendido a una entrevista en Onda Madrid en la que pone de relieve las cuestiones recogidas en el comunicado. Estas son:

  1. La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación, reconoce el derecho básico del alumnado a recibir las ayudas y los apoyos precisos para compensar las carencias y desventajas de tipo personal, familiar, económico, social y cultural, especialmente en el caso de presentar necesidades educativas especiales, que impidan o dificulten el acceso y la permanencia en el sistema educativo.
  2. Desde el Colegio Oficial de Trabajo Social de Madrid, a través de su Junta de Gobierno y de la Comisión de Atención Social Primaria, hemos realizado un análisis de las normas y convocatoria mencionadas desde la perspectiva de nuestro colectivo profesional y desde el principio de que el comedor escolar en la Comunidad de Madrid no supone un recurso suplementario, sino que es una parte importante para el desarrollo curricular, personal y relacional del alumnado, aportando las siguientes consideraciones para que sean valoradas por la Consejería de Educación y Universidades.
  3. Entre las consideraciones planteadas, se destaca la necesidad de incluir un apartado para «Familias en intervención en Servicios Sociales en situación de emergencia social«, ya que muchas familias en esta circunstancia carecen de documentación administrativa que acredite su situación. Esto podría resultar en la exclusión de numerosos niños y niñas de acceder a las becas de comedor. En años anteriores, con el sistema de precios reducidos, se tenía en cuenta la renta per cápita a través de la información proporcionada por los servicios sociales, lo que permitía a muchas familias acceder a las becas. Sin embargo, esta opción no está contemplada en la convocatoria actual.
  4. El nuevo sistema de becas implica un abono directo al centro escolar y requiere que las familias cubran la diferencia entre la subvención y el costo total del comedor escolar. Esto podría representar una carga económica significativa para las familias con el nivel económico requerido, especialmente considerando que el límite establecido de renta per cápita familiar parece demasiado bajo.
  5. El límite establecido de renta per cápita familiar a partir del cual no se tiene derecho a la ayuda (por encima de los 4260€/año) parece demasiado bajo siendo importante que se pudiera valorar el nivel económico exigido en esta orden debido a la situación económica actual.
  6. Nos preocupa la dificultad para obtener la documentación necesaria para la solicitud de las becas. Tal es el caso del justificante de familia perceptora de Ingreso Mínimo Vital, que debe ser emitido en los últimos 6 meses. La falta de atención presencial y la limitada accesibilidad a medios digitales dificultan el proceso para muchas personas. Además, se plantea la necesidad de evaluar los ingresos familiares en el año en curso en lugar de basarse únicamente en los ingresos de 2021.
  7. La presentación de solicitudes, los plazos establecidos y los procedimientos para la gestión de las becas también han sido objeto de preocupación. Se sugiere que el plazo de quince días hábiles para presentar solicitudes es insuficiente, dada la complejidad de la documentación requerida. Además, la limitación en los plazos puede generar un

Rogamos sean tenidas en cuenta las consideraciones y alternativas que, desde el Colegio Oficial de Trabajo Social de Madrid, aportamos como propuestas de mejora para que los alumnos y alumnas no vean comprometido parte de su desarrollo escolar, su integración social y su garantía alimentaria si no acceden al servicio de comedor escolar.

A continuación, compartimos la entrevista de Verónica Gallego en Onda Madrid del pasado viernes, 30 de junio.