Listados profesionales

Como persona colegiada puedes figurar en listados profesionales, a disposición de la ciudadanía.

Actualmente los listados profesionales en los que los/as colegiadas pueden solicitar ser incluidos son:

  • Listado de peritos
  • Listado de Intervención de Profesionales en Adopción Internacional (LIPAI)

Consulta las condiciones de incorporación a estos listados:

PROCEDIMIENTO PARA INCORPORACIÓN/RENOVACIÓN DE PERMANENCIA Y/O OTRAS MODIFICACIONES EN EL LISTADO DE PERITOS:

  • Las personas colegiadas pueden solicitar su inclusión en este listado, en cualquier momento del año. 
  • La solicitud se presenta a través del portal Mi Colegio, en el trámite nº 10.
  • Los datos para la publicación de la Unión Interprofesional serán los que figuren en el Colegio a fecha de cierre de su edición, con carácter general el 21 de septiembre de cada año, aunque esta fecha puede variar.
  • Es necesario señalar si se está dispuesto/a a participar en procedimientos con asistencia jurídica gratuita reconocida.
  • Se pueden señalar subespecialidades en los peritos.
  • En cualquier caso (incorporaciones o renovaciones), se abonarán, en concepto de gastos de administración, 5 euros si se señalan hasta 2 especialidades o 30 euros en caso de señalar 3 o más especialidades.

Documentación complementaria:

MÁS INFORMACIÓN

La Ley de Enjuiciamiento Civil, de 7 de agosto de 2000, en su artículo 341, párrafo 1, encomienda a los Colegios Profesionales remitir anualmente una lista de sus colegiados/as dispuestos/as a actuar como peritos. Siguiendo la instrucción 5/2001, de 19 de diciembre del CGPJ, sobre remisión anual a los órganos jurisdiccionales de listas de profesionales para su asignación como Peritos, dichas listas son actualizadas cada año.

Desde 2015, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha informatizado el servicio de asignación de Peritos Judiciales para los órganos judiciales de la Comunidad de Madrid, dependientes del TSJM. La Unión Interprofesional también ha colaborado en este proceso.

El listado responde a las referidas previsiones legales para facilitar los órganos judiciales y profesionales forenses (abogados, procuradores) la búsqueda y designación de peritos, cuando en el proceso (o en su preparación) se necesita una opinión profesional acreditada e independiente, para preparar una demanda o contestación o para evitar o resolver un pleito.

Por tanto, el listado anual de Peritos judiciales que elabora nuestro Colegio se facilita a la UICM para su remisión al TSJM para su distribución a Juzgados y Tribunales con sede en la Comunidad de Madrid. También está disponible en la parte restringida de la web institucional de los Colegios de Abogados y Procuradores. Asimismo, a través de esta publicación de la UICM o por el propio Colegio, es facilitada a profesionales forenses o personas que requieran de un Perito Trabajador/a Social para designación a instancia de parte.

  • Carnet de Perito

Desde el 1 de febrero de 2021, aquellos/as Peritos que figuran en los Listados de Peritos del año en curso, de los Colegios Profesionales miembros de la Unión Interprofesional de la Comunidad de Madrid pueden solicitar el carnet de perito en formato digital a dicha Unión. Para más información sobre el mismo y su emisión se puede consultar el siguiente enlace: https://www.uicm.es/solicitud-del-carnet-de-perito/.

  • Guía de peritos UICM

Se trata de la guía de referencia, no sólo por su respaldo, sino por su difusión: se distribuye a todos los Juzgados y Tribunales con sede en la Comunidad de Madrid, así como a los Servicios Comunes Procesales de ámbito madrileño. Asimismo, está disponible en la parte restringida de la web institucional de los Colegios de Abogados y Procuradores. Es la guía de Peritos más completa y la única que, en su ámbito, cuenta con el respaldo y garantía de los Colegios Profesionales.

Los Peritos, como norma general, actúan en los procedimientos judiciales aportando sus conocimientos mediante un dictamen escrito y, posteriormente, compareciendo en el acto del juicio para ratificar dicho dictamen y, en su caso, aclararlo y explicarlo.

En este dictamen, el Perito ha de manifestar bajo juramento o promesa de decir verdad, que ha actuado y en su caso actuará, con la mayor objetividad posible, tomando en consideración tanto lo que pueda favorecer como lo que sea susceptible de causar perjuicio a cualquiera de las partes, y que conoce las sanciones penales en las que podría incurrir si incumpliere su deber como Perito (art.335, Ley de Enjuiciamiento Civil LEC).

Las listas de Peritos, de carácter público, se completan con una explicación de la percepción de honorarios por la actuación pericial (recomendamos la lectura de este documento, en base al principio de responsabilidad que recoge el Código Deontológico del Trabajo Social) y con un directorio de los Juzgados de la Comunidad de Madrid. Asimismo, el libro incorpora un listado complementario de Sociedades Profesionales inscritas en ese desempeño de actuaciones periciales y un listado de peritos especializados siniestros laborales.

  • Información sobre presentación telemática de informes

Información recibida de la Unión Interprofesional de la Comunidad de Madrid el 22 de mayo 2020

«El Art. 346 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, establece lo siguiente:

Artículo 346. Emisión y ratificación del dictamen por el perito que el tribunal designe. El perito que el tribunal designe emitirá por escrito su dictamen, que hará llegar por medios electrónicos al tribunal en el plazo que se le haya señalado. De dicho dictamen se dará traslado por el Letrado de la Administración de Justicia a las partes por si consideran necesario que el perito concurra al juicio o a la vista a los efectos de que aporte las aclaraciones o explicaciones que sean oportunas. El tribunal podrá acordar, en todo caso, mediante providencia, que considera necesaria la presencia del perito en el juicio o la vista para comprender y valorar mejor el dictamen realizado.”

Y tras realizar la preceptiva consulta al TSJM nos han contestado lo siguiente:

actualmente los juzgados ya tienen habilitada la posibilidad de recibir a través de la Sede Judicial Electrónica la presentación de escritos, por lo que las nuevas designaciones que se realizan a peritos deberán de presentarse a través de dicho sistema. En cuanto a las designaciones efectuadas antes del 15 de mayo, éstas se podrán realizar a través de Sede Judicial Electrónica, debiendo ser consultada con el juzgado la forma de presentación.”

En el siguiente comunicado se informa de la integración del Sistema de Designación de Peritos de la Comunidad de Madrid (DPER) con el Sistema de Gestión Procesal (GPRO) de forma que en el momento de realizar la asignación del perito al procedimiento judicial desde DPER, éste se incorpora de forma automática en GPRO como parte en el procedimiento, para facilitar la presentación telemática de los informes periciales a través de la Sede Judicial Electrónica de la Comunidad de Madrid (dirección electrónica de la Administración de Justicia en el ámbito de la Comunidad de Madrid), evitando los registros manuales y, por consiguiente, mejorando la calidad de la información registrada. Leer comunicado

Igualmente han elaborado una Guía Rápida, donde se indica el funcionamiento de la Aplicación OVES, de la Oficina Virtual de Presentación de Escritos en Sede Judicial, para la presentación de los informes periciales.

Descargar guía rápida

La pertenencia al Listado de Intervención de Profesionales en Adopción Internacional (LIPAI) está sujeto a un Convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad) y el Colegio Oficial de Trabajo Social de Madrid para la valoración de la idoneidad de los solicitantes de adopción internacional, donde se indica que los y las profesionales que realicen la Valoración Sociofamiliar de Idoneidad deberán estar colegiados y haber realizado el Curso de Actualización y Especialización en Valoración de la Idoneidad para la Adopción, exigido por la Dirección General de Infancia, Familias y Natalidad e impartido con la colaboración del Colegio Oficial de Trabajo Social de Madrid. Es la propia Dirección General quien convoca plazas para dotar de formación a los y las profesionales que van a formar parte del Listado.

El criterio de convocatoria actual, tras la firma de convenio en 2020, ha sido la configuración del Listado según baremo de puntuación establecido por la Dirección General. En el caso de se produzcan nuevas convocatorias, se haría extensiva la información a toda la colegiatura a través de nuestros medios habituales de difusión.

Para el acceso a la información para Profesionales pertenecientes al Listado actual, haz click en la siguiente imagen.